Resto de Planes

2717364 - ¿Cómo puedo verificar si ingresaron los pagos que realicé para abonar las cuotas del plan de pagos ?
Fecha de publicación: 03/05/2006

Debe ingresar a la página de AFIP (www.afip.gob.ar), seleccionar la opción " Acceso con clave fiscal". Luego de cargar la CUIT y la clave fiscal podrá ingresar al servicio "SICAM- Plan de Facilidades para Autónomos y Monotributistas".

Al desplegarse la próxima pantalla seleccione la opción "Acceso directo a planes presentados", luego presione la opción "Detalle" del plan vigente y por ultimo ingrese en el Icono "Ver Pagos"

  • Fuente: CIT AFIP
2555766 - ¿Cómo determino el capital adeudado?
Fecha de publicación: 27/04/2006

Para determinar el capital adeudado por sus aportes previsionales se deberá tomar el valor que se indica en el Anexo I de la RG. 1624/04.

A tal fin, se deberá considerar la categoría mínima obligatoria en la que debió encuadrarse el trabajador autónomo o en el caso de haber optado por una mayor, esta última.

  • Fuente: Art. 5 RG 1624/04
3052270 - ¿Qué se debe presentar en la ANSES para obtener el beneficio previsional?
Fecha de publicación: 24/05/2006

Debido a que los pagos efectuados a través de los planes de facilidades de pago, aún no se encuentran cargados en el primer módulo del SICAM, para solicitar el beneficio previsional, deberá presentar en ANSES:

- F.558/A/B/C. - Detalle de la deuda (se imprime desde el botón "Detalle Deuda" del 1° módulo del Sicam).

- Detalle de deuda regularizada a través del Plan de Facilidades de Pago. - F.159.

- Acuse de Recibo de la adhesión al plan. - Comprobantes de pago emitidos por el banco. De esta forma podrá iniciar el trámite, aunque el F558/A se presente con deuda.

  • Fuente: C.I.T.
2560450 - ¿A partir de qué fecha son aplicables los intereses resarcitorios?
Fecha de publicación: 27/04/2006

El interés resulta aplicable a los aportes previsionales de los trabajadores autónomos a partir del día 1 de abril de 1993, inclusive.

  • Fuente: Art. 5 RG 1624/04
3054612 - ¿Es necesario tener CUIT para obtener una Clave Fiscal para el Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas (SICAM)?
Fecha de publicación: 24/05/2006
No es necesario, ya que con CUIT, CUIL o CDI podrá obtener su clave fiscal.

  • Fuente: C.I.T.
2565134 - ¿Cuál es la tasa de los intereses resarcitorios aplicable?
Fecha de publicación: 27/04/2006

Cuando se cancele la deuda al contado: 0,50%

Cuando se cancele a través del régimen de regularización hasta en 30 cuotas: 1%

Cuando se cancele a través del régimen de regularización hasta en 60 cuotas: Se deberá aplicar el 50% de la tasa establecida para los intereses resarcitorios, vigente a la fecha de origen de cada una de las deudas.

  • Fuente: Art. 8 Ley Nº 25.865
3056954 - ¿Cómo obtengo la clave fiscal para operar en el SICAM?
Fecha de publicación: 24/05/2006

Para conocer el procedimiento para tramitar la clave fiscal ingrese aquí.

  • Fuente: CIT AFIP
2574502 - ¿Cuál es el importe máximo de intereses sobre el capital?
Fecha de publicación: 27/04/2006

Cuando se cancele la deuda al contado: 10%

Cuando se cancele a través del régimen de regularización hasta en 30 cuotas: 20%

Cuando se cancele a través del régimen de regularización hasta en 60 cuotas: 30%

  • Fuente: Art. 8 Ley Nº 25865
4682302 - Evento 2555 - ¿Cómo realizo la cancelación anticipada de un plan de pagos de autónomos incluido en SICAM?
Fecha de publicación: 30/01/2017

Para la cancelación anticipada del plan de facilidades de pago realizado se deberá aplicar el procedimiento establecido en la Circular (DGI) 1.346/96.

  • Fuente: CIT AFIP
2576844 - ¿Cómo me adhiero al plan de regularización?.
Fecha de publicación: 27/04/2006
La adhesión deberá ser realizada a través de internet en la opción de clave fiscal en el servicio denominado "SICAM".

  • Fuente: C.I.T.
2581528 - ¿En cuántas cuotas puedo realizar el plan de regularización?
Fecha de publicación: 27/04/2006
Se podrá realizar hasta en 60 cuotas.

  • Fuente: Art. 25 RG 1624/04
2583870 - ¿Cuál es el importe mínimo de cada cuota?
Fecha de publicación: 27/04/2006
El importe de cada cuota no podrá ser inferior a la suma de $25.-

  • Fuente: Art. 25 RG 1624/04
2588554 - ¿Qué sucede si pago fuera de término una cuota del plan de regularización?
Fecha de publicación: 27/04/2006

En este caso deberá ingresar los intereses resarcitorios por el pago fuera de término a través del formulario 799/E con los siguientes códigos:

Impuesto: 374

Concepto: 041

Subconcepto: 051

  • Fuente: Art. 27 RG 1624/04
174902 - ¿Cuándo caduca el plan?
Fecha de publicación: 10/10/2005

Cuando se produzcan las causales que se indican seguidamente:

a)La falta de pago total o parcial de 6 cuotas consecutivas, a la fecha de vencimiento de la sexta de ellas.

Cuando se encuentre impaga alguna cuota, los pagos realizados con posterioridad se imputarán a la cuota impaga más antigua.

b) La falta de pago de la última cuota, a los 90 días corridos contados desde la fecha de su vencimiento.

  • Fuente: Art. 28 RG 1624/04
23169297 - ¿ Cómo se revierte un rechazo de trámite en SICAM cuando el mismo fue iniciado en UDAI de ANSES?
Fecha de publicación: 29/08/2018

El contribuyente deberá solicitar la reversión en la UDAI de ANSES que le corresponda, en donde una vez evaluada la situación, procederá a realizar el proceso en el SICAM o en su caso deberá efectuar una nueva presentación.

  • Fuente: AFIP